Preguntas legales sobre pruebas de paternidad

Respuestas las preguntas más frecuentes relacionadas con las pruebas de paternidad.

Dudas legales de las pruebas de paternidad

Muchas de las cuestiones que nos plantean nuestros clientes son más de carácter jurídico y legal que de tipo técnico. Lo más recomendable es siempre acudir a un experto en cuestiones legales que le pueda asesorar sobre cómo abordar cualquier tipo de demanda o reclamación de paternidad.

Aquí tienes respuestas a las preguntas más frecuentes relacionadas con cuestiones legales de las pruebas de paternidad, también dispones de respuestas a preguntas frecuentes sobre los tests de paternidad.

¿Cuál es la legislación española sobre las pruebas de paternidad?

En España no existe una legislación específica sobre la realización de las pruebas de paternidad. No obstante existen una serie de normas legales que son de aplicación a las mismas:

El artículo 7 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, del 20 noviembre del 1989, establece el derecho del niño a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. España se adhiere a esta convención el 31 de diciembre del 1990.

La Constitución Española en su artículo 39 establece la protección social, económica y jurídica de la familia, la protección integral de los hijos, con independencia de su filiación y afirma que la ley posibilitará la investigación de la paternidad.

Por último la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), en su artículo 767 indica que: en los juicios sobre filiación será admisible la investigación de la paternidad y la maternidad, para lo que se podrán aportar toda clase de pruebas, incluida la biológica.

Cualquier persona puede solicitar una prueba de este tipo de forma privada y confidencial, y sin cadena de custodia, pero en este caso el informe obtenido carecerá de validez en un procedimiento legal. Sin embargo, cuando la prueba es realizada garantizando la integridad de la cadena de custodia, y el consentimiento de las partes participantes en el análisis, o cuando se realiza por mandato de un Juzgado, la prueba tendrá validez legal.

¿En Francia son legales las pruebas de paternidad privadas?

En Francia la legislación establece que las pruebas de paternidad solo se pueden realizar bajo autorización judicial. Aun así, y corriendo el riesgo de ser sancionados por las autoridades francesas, muchos ciudadanos franceses acuden a realizar estas pruebas en otros países, como España, a pesar de que las mismas no tengan validez legal en su país.

¿Cuánto tarda una prueba de paternidad judicial?

Una prueba con validez legal es, desde un punto de vista técnico, igual que una prueba privada o confidencial, por lo que el plazo de entrega de resultados es también idéntico. Tema diferente es la duración del procedimiento legal del que la prueba forme parte, que en ocasiones puede prolongarse durante varios años.

¿Cómo solicitar una prueba de paternidad ante el Juzgado?

El procedimiento establecido para la aportación de pruebas en los procesos de filiación se recoge en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Dado el carácter especializado y procesal de esta materia es conveniente que la misma sea tratada con la intervención de su Abogado.

¿Puede un juez obligar a alguien a hacerse una prueba de paternidad?

El Juez puede ordenar, si lo considera necesario, la realización de un test de ADN dentro de la tramitación de un proceso de filiación.

¿Puedo negarme a hacer una prueba de paternidad?

Si la prueba viene ordenada por un mandato judicial y nos negamos a realizarla de forma injustificada, es probable que el Juez dictamine en nuestra contra. Hay que tener en cuenta que el Juez habrá valorado, antes de ordenar la práctica de la prueba biológica, que existen suficientes indicios cualificados en el presunto padre que acreditan su presunta paternidad, por lo que está en su mano de éste despejar la duda de si se trata de su hijo o no, mediante la realización de esta prueba, de ahí que la negativa injustificada a realizarla puede tener un carácter confirmatorio de la paternidad demandada.

Existen pruebas que se han realizado sin el consentimiento explícito de las personas analizadas, utilizándose muestras poco convencionales, obtenidas por detectives en objetos abandonados, u otro tipo de restos biológicos. Son pruebas, que por la forma en que se obtienen las muestras, pueden ser cuestionadas, sin embargo si que pueden constituir un valioso indicio de la existencia de una relación de paternidad, por lo que en ocasiones se utilizan para obtener de los Juzgados un mandato de realización de la prueba biológica de paternidad, ahora sí, con todas las garantías legales en su realización.

¿Cuál es el plazo legal para impugnar la filiación?

En primer lugar es importante distinguir entre impugnación y reconocimiento de la paternidad. Cuando un hijo nace durante el matrimonio la paternidad del niño se presume, sin embargo, esta presunción admite prueba en contrario, entre otras, las biológicas.

Tanto las acciones de impugnación como de reconocimiento persiguen determinar quien es el padre biológico de una persona.

En el caso de impugnación de la filiación matrimonial (del niño nacido en el matrimonio), si la acción la realiza el marido el plazo es de un 1 año desde la inscripción de la filiación en el Registro Civil. Ahora bien, si el marido ignora el nacimiento, el plazo contará desde que tenga conocimiento del mismo. También, si a pesar de conocer el nacimiento e inscripción, desconoce que no es el padre biológico, el plazo se contará desde que tenga ese conocimiento.

En el caso de impugnación de la filiación no matrimonial, si existe posesión de estado, el plazo de impugnación caducará a las 4 años desde que el hijo, inscrita la filiación, goce de posesión de estado. La acción la puede ejercer tanto el hijo como la persona que aparezca como progenitor legal. Si falta la posesión de estado, la paternidad podrá ser impugnada por quienes resulten perjudicados.

¿Se puede hacer una prueba de paternidad post mortem?

Siempre y cuando se cuente con muestras con la calidad suficiente se podría realizar este tipo de prueba sin mayor problema. Evidentemente, para proceder a la toma de muestra se requiere de la autorización de los herederos del fallecido, así como, la participación de una persona especializada en la toma de muestras post mortem (tanatopráctico o médico forense). También es posible la realización de estas pruebas mediante un mandato judicial que permita la exhumación del cadaver.

¿Es posible hacer un test de paternidad sin que el presunto padre lo sepa?

Sí. Se puede realizar, pero sería siempre de carácter privado debido a que no estaría suficientemente acreditada la identidad de la muestra aportada (prueba sin cadena de custodia).

En estos casos lo que se establece es la existencia o no de una relación biológica de paternidad entre las muestras analizadas.

Estas pruebas se pueden realizar con colillas, cepillos de dientes, cuchillas de afeitar, uñas, cabello arrancado, semen, chicles, huesos de aceituna y un largo etc.

¿Es posible hacer un test de paternidad sin que lo sepa el hijo/a?

Sí. De igual manera que cuando la muestra es del presunto padre. Ahora bien, cabe destacar que en el caso de que el supuesto hijo sea menor de edad se debe contar con la autorización del padre/madre o del tutor del menor.

¿Cuándo prescribe una prueba de paternidad?

Las pruebas de paternidad no prescriben. Tema diferente son los plazos de que se dispone para ejercer las acciones de impugnación o reconocimiento de una filiación, como consecuencia del resultado de la prueba biológica de paternidad.

¿Cómo se garantiza la cadena de custodia en una prueba de paternidad?

En el caso de las pruebas de paternidad con carácter legal, se siguen una serie de premisas que refuerzan su validez ante un proceso judicial. En primer lugar, las muestras deben ser recogidas, conservadas y manipuladas adecuadamente por el personal autorizado de nuestro laboratorio Central o por el personal adscrito a nuestros Centros Colaboradores. Antes de proceder a la toma, se pedirá a las personas que se van a someter al análisis que aporten algún documento oficial que acredite su identidad.

Una vez identificadas las personas se recogerán las muestras y se custodiarán hasta su entrega en el laboratorio para su análisis.

A la hora de enviar los resultados es habitual que los interesados soliciten los informes en papel, aunque no es estrictamente necesario ya que el informe con la firma electrónica es igual de válido.

Imagen de una de las salas de trabajo de Ampligen con el equipamiento habitual

Somos especialistas en tests de paternidad y te ayudamos a resolver tus dudas legales sobre este tipo de tests

 

¿Cuándo voy a necesitar que mi prueba de paternidad sea legal?

Pues, aunque parezca obvio, cuando preveas hacer un uso legal de la prueba. Generalmente cuando se discute la custodia de los hijos, en casos de separaciones y divorcios, cuando se debe regular la pensión de alimentos, en reclamaciones de herencias, o cuando se necesite acreditar el parentesco: en un reagrupamiento familiar de emigrantes y, más recientemente para la identificación de niños robados.

Las estadísticas disponibles en EE.UU. indican que aproximadamente el 4% de los padres legales no son los biológicos. En España no disponemos de datos, pero posiblemente no sean muy diferentes. Esta situación plantea muchas preguntas legales importantes:

  • ¿Deben los padres no biológicos seguir siendo responsables económicos de sus hijos?
  • ¿Merecen algún tipo de compensación

Más importante aún son las consecuencias emocionales cuando conoces la verdad en un informe de paternidad. Muchos padres han amado y criado a estos niños desde que nacieron. Descubrir la verdad sobre la paternidad puede ser emocionalmente devastador para ambos.

¿Necesito que mi prueba de paternidad sea legal?

Esta es, quizás, una de las preguntas que más frecuentemente respondemos. Lo primero que tenemos que entender es que desde el punto de vista técnico no existe ninguna diferencia entre una prueba legal y otra que no lo sea.

Valor legal

La diferencia entre ambas es que para que una prueba tenga valor jurídico se necesita certificar que las muestras que se analizan, pertenecen a las personas referidas, y que no se ha interrumpido la cadena de custodia desde que se tomaron la muestras hasta que se emitieron los resultados.

Es necesario que todas las muestras estén recogidas de una manera que asegure una cadena de custodia documentada, certificando que las pruebas se realizan a las personas correctas .

Identidad

Para que los resultados sean legalmente admisibles, las muestras deben ser recogidas por personal de Ampligen (o de sus Centros colaboradores), o por personas que estén en condiciones de certificar la identidad de las personas sometidas a análisis.

Centros acreditados

Si las muestras son tomadas por un laboratorio acreditado para tal fin, será el propio laboratorio quien nos remitirá las muestras por un transporte seguro.

Certificación

Las muestras que se analizan y/o el ADN correspondiente, así como los resultados obtenidos se almacenan (un año) para hipotéticas comprobaciones. Con los resultados Ampligen expide el certificado correspondiente que da fe de que se ha respetado la cadena de custodia.


Texto revisado por la Doctora Pilar Arca Miguélez, Responsable Científica de Ampligen